DOF: 12/02/2016 RESOLUCIÓN Final de la investigación antidumping sobre las importaciones de aceite epoxidado de soya, originarias de la República Argentina, independientemente del país de procedencia. Esta mercancía ingresa por las fracciones arancelarias 1518.00.02 y 3812.20.01 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación

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RESOLUCIÓN Final de la investigación antidumping sobre las importaciones de aceite epoxidado de soya, originarias de la República Argentina, independientemente del país de procedencia. Esta mercancía ingresa por las fracciones arancelarias 1518.00.02 y 3812.20.01 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación.

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