Estimado Clientes y amigos, el día de hoy en el Diario Oficial de la Federación se publica la
“TERCERA Resolución de modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2015.”
modificando entre otras cosas lo siguiente,
Tercero. Se modifica el artículo Resolutivo Décimo publicado en el DOF el 28 de agosto de 2015 en la Segunda Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2015, para quedar como sigue:
“Décimo. Los elementos que el importador debe proporcionar anexos a la manifestación de valor, de conformidad con el artículo 81 del Reglamento, serán exigibles a partir del 15 de enero de 2016.”