DOF: 20/01/2017 SECRETARIA DE ECONOMIA / Presidencia de la República

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DECRETO por el que se establece el arancel-cupo a la importación de las mercancías que se indican.

ARTÍCULO ÚNICO.- Se establece el arancel-cupo aplicable a las mercancías que a continuación se indican, comprendidas en las fracciones arancelarias de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 18 de junio de 2007 y sus modificaciones posteriores, siempre que el importador cumpla con los requisitos que determine la Secretaría de Economía para tal efecto y cuente con un certificado de cupo expedido por la misma:
CÓDIGO
DESCRIPCIÓN
Unidad
IMPUESTO
IMP.
EXP.
0701.90.99
Las demás.
Kg
Ex.
No aplica
0702.00.99
Los demás.
Kg
Ex.
No aplica
0703.10.01
Cebollas.
Kg
Ex.
No aplica
0709.60.99
Los demás.
Kg
Ex.
No aplica
0808.10.01
Manzanas.
Kg
Ex.
No aplica
0904.21.01
Chile “ancho” o “anaheim”.
Kg
Ex.
No aplica
0904.21.99
Los demás.
Kg
Ex.
No aplica
0904.22.01
Chile “ancho” o “anaheim”.
Kg
Ex.
No aplica
0904.22.99
Los demás.
Kg
Ex.
No aplica
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Expertos en la Administración de la Cadena de Suministros