Por este medio les recordamos la entrada en vigor de la modificación al supuesto de
“Suspensión en el Padrón de Importadores y/o en el Padrón de Importadores de Sectores Específicos” a que se refiere la regla 1.3.3 fraccion XXXIX de conformidad a la publicación de las Reglas Generales de Comercio Exterior 2015. Dicha disposición establece la entrada en vigor a los 30 días posteriores a la publicación de la citada Resolución cuyo plazo se cumplirá el próximo día jueves 21 de mayo de 2015.
Lo anterior de acuerdo e el texto de la modificación referida: XXXIX. Cuando los importadores no tengan registrado el correo electrónico para efectos del Buzón Tributario.
Aquí les dejamos el link donde podrán encontrar la publicación antes referida,