Entrada en vigor de las modificaciones a los supuestos de suspensión en el padrón de importadores y sectores específicos.

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Por este medio les recordamos la entrada en vigor de la modificación al supuesto de

“Suspensión en el Padrón de Importadores y/o en el Padrón de Importadores de Sectores Específicos” a que se refiere la regla 1.3.3 fraccion XXXIX de conformidad a la publicación de las Reglas Generales de Comercio Exterior 2015. Dicha disposición establece la entrada en vigor a los 30 días posteriores a la publicación de la citada Resolución cuyo plazo se cumplirá el próximo día jueves 21 de mayo de 2015.

Lo anterior de acuerdo e el texto de la modificación referida: XXXIX. Cuando los importadores no tengan registrado el correo electrónico para efectos del Buzón Tributario.

Aquí les dejamos el link donde podrán encontrar la publicación antes referida,

DOF Abril 7, 2015

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